Este anexo forma parte de los Términos y Condiciones de Kala. Lo acepta únicamente el Profesional que activa el servicio opcional de facturación electrónica.
1. Objeto
Este anexo regula el servicio opcional de emisión de facturas C electrónicas a nombre del Profesional, que Kala ofrece con el plan Plus. Se suma a los Términos y Condiciones y a la Política de Privacidad.
Kala emite únicamente facturas C y notas de crédito C. Quedan fuera del servicio las operaciones que requieran otro tipo de comprobante (por ejemplo, las exportaciones, que llevan comprobantes E).
2. Requisitos
Para usar el servicio, el Profesional:
- es monotributista, tiene clave fiscal y mantiene su situación fiscal habilitada;
- autoriza en ARCA, mediante el Administrador de Relaciones, el servicio técnico de Facturación Electrónica (WSFE) a favor del CUIT de IA San Juan, que es el CUIT que opera el certificado digital de Kala. Esa autorización alcanza solo a ese servicio y no da a IA San Juan acceso general a su cuenta fiscal;
- configura un punto de venta habilitado ante ARCA para la emisión de comprobantes electrónicos mediante Web Services, independiente de los utilizados para otras modalidades de facturación.
Recomendamos consultarlo con su contador antes de activar el servicio.
3. Cómo funciona
El Profesional pide cada factura y confirma sus datos antes de emitirla. Kala no emite nada sin esa confirmación. Kala nunca anuncia una factura como emitida si ARCA no devolvió el CAE.
4. Responsabilidad fiscal
La factura es del Profesional. Él decide el concepto y, si lo hay, el beneficiario; el receptor es siempre Consumidor Final sin identificación (cláusula 7). IA San Juan actúa solo como representante técnico ante ARCA (por la autorización que el Profesional otorgó) y no presta asesoramiento contable ni impositivo.
El Profesional es responsable de verificar su categoría, su actividad declarada y su condición tributaria, y que el comprobante emitido corresponda a la operación.
5. Concepto y beneficiario
El concepto y, si lo hay, el nombre del beneficiario los escribe y confirma el Profesional. Kala no los agrega automáticamente ni incluye en la factura información de la historia clínica. El comprobante debe describir correctamente la operación; el Profesional tiene en cuenta que el concepto y el nombre del beneficiario pueden revelar que una persona recibió una prestación de salud.
6. Corrección y anulación de comprobantes
Los comprobantes autorizados por ARCA no pueden eliminarse ni modificarse directamente.
Cuando corresponda dejar sin efecto una operación facturada, el Profesional podrá solicitar la emisión de una nota de crédito electrónica clase C, vinculada al comprobante original. Por ahora Kala emite la nota de crédito por el importe total del comprobante; una corrección parcial el Profesional la realiza por los otros medios que ofrece ARCA.
Kala requerirá la confirmación del Profesional antes de solicitar su autorización a ARCA.
7. Datos personales
Kala no guarda el documento (DNI, CUIL o CUIT), la condición frente al IVA ni el nombre de un tercero como receptor de las facturas a pacientes. Toda factura a un paciente se emite a Consumidor Final, sin identificación individual (tipo de documento 99, número 0, condición frente al IVA "Consumidor Final"), y sin nombre del receptor.
Cuando la normativa exija identificar al receptor (por ejemplo, por el importe de la operación), ARCA rechazará el comprobante y Kala informará ese rechazo al Profesional, como cualquier otro error de validación que el organismo comunique. Ese comprobante el Profesional lo emite por los otros medios que ofrece ARCA.
El único dato de una persona que el Profesional puede agregar a la factura es el nombre del beneficiario (cláusula 5). Los datos ingresados mediante los botones y pasos específicos de facturación de Kala (la respuesta que el Profesional escribe cuando Kala le pide el beneficiario) se procesan directamente para la emisión del comprobante y no se incorporan a las solicitudes enviadas a los proveedores de inteligencia artificial. Esta exclusión no alcanza a:
- los datos que el Profesional incluya voluntariamente en otros mensajes de texto o de voz, que se procesan conforme a la Política de Privacidad;
- los mensajes de voz, aun cuando respondan a un pedido de Kala: el audio lo transcribe el proveedor de transcripción, como cualquier otro audio (Política de Privacidad).
Kala no procesa los mensajes que contienen el DNI, el CUIL o CUIT, los datos bancarios o la fecha de nacimiento de un paciente: los rechaza antes de enviarlos a cualquier proveedor.
El beneficiario y la indicación de facturar siempre los pagos de un paciente quedan en su ficha para las próximas facturas, hasta que el Profesional los cambie o los quite, o hasta que se elimine al paciente.
Los comprobantes emitidos antes de esta versión conservan los datos del receptor con los que ARCA los autorizó (cláusula 11): son la constancia de un comprobante existente y su nota de crédito, si la hubiera, debe llevar el mismo receptor. Los datos de documento y condición fiscal que estaban guardados en las fichas de los pacientes se eliminaron al entrar en vigencia esta versión.
8. Claves
Kala no pide ni guarda la clave fiscal del Profesional.
9. Baja
El Profesional puede dejar el servicio revocando la autorización en ARCA o pidiéndolo a Kala. Desde ese momento Kala deja de emitir.
La solicitud de baja a Kala suspende la utilización del servicio por parte de Kala, pero no revoca automáticamente las autorizaciones otorgadas ante ARCA. El Profesional deberá gestionar dicha revocación mediante los mecanismos habilitados por el organismo.
10. Disponibilidad de ARCA y operaciones pendientes
La emisión de comprobantes depende de la disponibilidad y respuesta de los servicios electrónicos de ARCA.
Si ARCA no responde o se produce un error de comunicación, Kala informará al Profesional que no se ha podido confirmar el resultado de la operación.
Antes de realizar un nuevo intento, Kala deberá verificar, mediante los mecanismos disponibles, si el comprobante anterior fue autorizado, a fin de evitar emisiones duplicadas.
Solo se considerará emitido un comprobante cuando se haya confirmado su autorización por ARCA y obtenido el Código de Autorización Electrónico (CAE) correspondiente.
Cada comprobante que Kala solicita está en uno de estos estados:
- Pendiente de verificación: todavía no se conoce el resultado de ARCA. Kala no repite la emisión sin consultar antes el estado de la anterior.
- Emitido: ARCA confirmó la autorización y Kala dispone del CAE.
- Rechazado: ARCA informó el rechazo; corresponde corregir los datos antes de solicitar de nuevo la autorización.
Cuando no sea posible completar la operación, Kala informará su estado al Profesional, quien conservará la responsabilidad de cumplir sus obligaciones fiscales por los medios alternativos disponibles.
11. Conservación y entrega de comprobantes
Una vez autorizado el comprobante por ARCA, Kala genera su representación en formato PDF (con los datos del emisor y del receptor, la numeración, el CAE y su vencimiento, el concepto, los importes y el código QR de ARCA) y la entrega al Profesional a través del canal habilitado. La entrega del comprobante a su receptor es responsabilidad del Profesional.
Kala no conserva permanentemente copias PDF de los comprobantes emitidos. Podrá conservar los identificadores fiscales y registros técnicos mínimos necesarios para verificar su emisión, consultar su estado, evitar duplicaciones y atender incidencias.
El Profesional es responsable de conservar los comprobantes y demás documentación fiscal durante los plazos establecidos por la normativa aplicable.
La información fiscal autorizada queda registrada en los sistemas de ARCA, de acuerdo con sus procedimientos y condiciones de consulta. Kala no garantiza que desde ARCA pueda obtenerse el mismo PDF que recibió el Profesional.
Plazo de conservación:
Kala conservará los datos de los comprobantes emitidos (número, CAE, fecha, importe, receptor, concepto y, solo cuando figure en el comprobante, el beneficiario) mientras el Profesional mantenga activa su cuenta, exclusivamente para facilitar su consulta, verificar su emisión y gestionar las operaciones relacionadas.
Al finalizar el servicio, dichos datos serán eliminados conforme a los plazos establecidos en la Política de Privacidad, salvo aquellos registros mínimos cuya conservación resulte necesaria para cumplir una obligación legal, resolver operaciones pendientes o atender reclamaciones debidamente justificadas.
Los datos de operaciones pendientes se conservarán durante el tiempo necesario para determinar su resultado y completar su gestión, con los límites que establezca la normativa aplicable.
Versión 1.1 — vigente desde 28 de octubre de 2026.
Cambios respecto de la versión 1.0:
- Cláusula 4: el Profesional ya no decide los datos del receptor; el receptor es siempre Consumidor Final.
- Cláusula 7: toda factura a un paciente se emite a Consumidor Final, sin documento (DNI, CUIL o CUIT), sin condición frente al IVA elegida y sin nombre del receptor; ya no se puede facturar a nombre de otra persona. Si ARCA exige identificar al receptor, el comprobante se rechaza y Kala lo informa. El único dato de una persona que se agrega es el beneficiario. Kala no procesa mensajes con DNI, CUIL/CUIT, datos bancarios o fecha de nacimiento de un paciente. Los comprobantes ya emitidos conservan su receptor; los documentos guardados en las fichas se eliminan.
Versión 1.0 — primera versión publicada del anexo.